¿Nulidad, separación o divorcio?

El Código Civil establece un conjunto de reglas comunes a los procesos de nulidad, separación y divorcio. Se busca tratar unitariamente algunos efectos de tales procesos. Si quiere deshacer su vínculo matrimonial, consulte a nuestros abogados en Madrid , estudiaremos su caso y le propondremos la mejor manera para disolver su matrimonio.

La invalidez del matrimonio, la relajación del vínculo y su disolución son teóricamente instituciones muy diferentes. Sin embargo, presentan puntos en común: una situación de ruptura de la convivencia, con desaparición actual (nulidad y divorcio), o potencial (separación) del vínculo, y con problemas de perfiles muy similares, relativos a las relaciones (personales y patrimoniales), entre los cónyuges. Después del procedimiento judicial, los efectos comunes también abarcan la situación de los hijos, la atribución del uso de la vivienda, la posible compensación económica, etc.

No obstante, no todos los efectos son rigurosamente comunes, puesto que no es lo mismo que no haya habido matrimonio, o que exista y subsista, o haya existido pero no subsista. Son diferencias notables puesto que separación y divorcio presuponen que ha existido el matrimonio, mientras que la nulidad, no.

Si quiere saber más acerca del procedimiento más oportuno para usted, contacte con nuestro despacho en Madrid, nuestros años de experiencia en derecho de familia nos avalan.