Pensión de alimentos

Pensión de alimentos y custodia de hijos menores

Esta pensión va dirigida para el progenitor que no tenga la guarda y custodia de los hijos, y está pensada para que participe en la alimentación y los gastos que conlleva un menor relacionados con su educación, su desarrollo y mantenimiento.

¿De cuánto será esta pensión? La cuantía de la pensión dependerá de varios factores como la economía del progenitor y su situación laboral, el número de hijos... si el divorcio es de mutuo acuerdo, esta cantidad la decidirán los propios padres y si es contencioso será el juez el encargado de hacerlo.

Nuestro equipo de abogados podrá asesorarle sobre estas cuestiones y orientarle sobre lo que debe hacer para que esta cantidad sea justa y que los mayores beneficiados sean los menores.

Esta pensión cubrirá los gastos de vestuario, vivienda. Con otros gastos extraordinarios que puedan surgir, se tendrá que tomar una decisión, aunque lo habitual es pagarlos a medias entre ambos progenitores.

Cuando el hijo cumple la mayoría de edad esta pensión de alimentos puede extinguirse o por el contrario continuar vigente hasta que se considere que el hijo es económicamente autónomo, independientemente de su edad.

Si necesita ayuda con éste o cualquier otro asunto relacionado con el Derecho de Familia, nuestros abogados de Madrid se pondrán a su disposición en cuanto nos llame.