La nulidad matrimonial y la disolución del vínculo son dos conceptos jurídicos que, aunque relacionados, poseen diferencias fundamentales. La nulidad matrimonial implica que el matrimonio es declarado inexistente desde su inicio, ya sea por vicios en el consentimiento o por requisitos legales no cumplidos. En este caso, los efectos son como si nunca hubiera existido el matrimonio.
Por otro lado, la disolución del vínculo se refiere a la terminación legal del matrimonio, validando su existencia previa. Esto puede llevarse a cabo a través del divorcio, donde se separan los cónyuges, pero el matrimonio queda registrado como válido hasta su disolución.
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